Dictan sentencia de un año a sujeto por violencia física y psicológica en Tacna

Dictan sentencia de un año a sujeto por violencia física y psicológica en Tacna

La audiencia en contra de Fredy Cáceres Rivera se desarrolló mediante videoconferencia. La fiscalía provincial mixta corporativa de Gregorio Albarracín probó las acusaciones.

El equipo del Segundo Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Gregorio Albarracín logró 1 año de pena privativa de la libertad en contra de Fredy Cáceres Rivera, por el delito contra la vida, el cuerpo y la salud en la modalidad de agresiones en contra de las mujeres o integrantes del grupo familiar en su forma de agresión física y psicológica, en agravio de Nancy Quispe Valeriano.

Además, el sentenciado deberá cumplir reglas de conducta como la prohibición de acercarse a las víctimas, cometer delito doloso, consumir alcohol o drogas durante el período de la sentencia.

Según la acusación fiscal, el 25 de agosto de 2018 a las 22 horas, la agraviada se encontraba en la sala de su domicilio ubicado en la Asoc. “1 de Mayo” junto al imputado Fredy Cáceres.

En ese instante el imputado Cáceres Rivera comenzó agredir psicológicamente a la agraviada, reclamándole sobre otra relación sentimental hasta el punto de forcejear frente a su menor hijo, hasta empujarla al suelo.

La agraviada denunció los hechos en la Comisaría Gregorio Albarracín, que comunicó a la fiscal Patricia De La Cruz Romero; quien dispuso las diligencias inmediatas y pertinentes como el examen médico legal, las pericias psicológicas y otros, para esclarecimiento de los hechos.

En audiencia virtual, el Juez del Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Tacna Eloy Ordoño Mamani, sentenció a 1 años de pena privativa de la libertad con el carácter de efectiva en su ejecución, a Fredy Cáceres Rivera, por el delito contra la vida, el cuerpo y la salud en la modalidad de agresiones en contra de las mujeres o integrantes del grupo familiar en su forma de agresión física y psicológica y el pago de una reparación civil de 300 soles a favor de la agraviada.

Además, el magistrado dispuso la conversión de la pena efectiva debiendo cumplir el sentenciado 52 jornadas de prestación de servicios a la comunidad, y en caso de incumplimiento se revocará la presente conversión para que el sentenciado sea internado en el establecimiento penitenciario, declarando consentida la sentencia condenatoria anticipada.

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