Conoce el protocolo que deberán cumplir los restaurantes y tiendas electrónicas con delivery

Conoce el protocolo que deberán cumplir los restaurantes y tiendas electrónicas con delivery

El Ministerio de la producción publicó hoy el protocolo sanitario de operación para los servicios por delivery en el rubro restaurantes y comercio electrónico.

Acá los detalles del mencionado Protocolo:

Algunas de las disposiciones básicas publicadas en la norma son: la razón social y el RUC, N° total de trabajadores con vínculo laboral, nómina de repartidores; además, el Plan para la Vigilancia, Prevención y control del COVID-19 debe ser aprobado por el Comité de Seguridad y Salud en el trabajo de la organización.

Los puestos laborales deben identificarse y clasificarse según su nivel de riesgo de exposición, tal como lo señala la Resolución Ministerial N°239-2020-MINSA “Puestos de trabajo con riesgo de exposición a Sars-Cov-2 (Covid-19)”.

El empleador debe estar preparado para revisar y actualizar permanentemente los protocolos de su empresa, además de implementar medidas de higiene, limpieza y desinfección.

En la cadena de distribución y comercialización de los productos, se debe considerar el uso de medidas de protección de los trabajadores en los puestos que tengan contacto con los clientes, haciendo uso de barreras físicas si fuera necesario.

Para la entrega de pedidos al usuario/consumidor, este se realizará tomando en cuenta la distancia recomendada (2 metros) entre persona y persona, en todo momento evitar aglomeraciones y contaminación.

La forma de entrega del pedido considerará el uso de un elemento que permita dejar el pedido en una superficie por encima del piso. Se tomarán en cuenta los siguientes pasos: i) dejar el producto sobre la superficie y alejarse al menos dos (2) metros; ii) solicitar al cliente que recoja el producto de la superficie y iii) proceder con la desinfección de manos y elementos usados en el reparto.

Asimismo, para asegurar una operación controlada y evitar aglomeraciones de Repartidores, se realizará una proyección diaria de demanda en hora de alta y baja demanda.

En cuanto a reparto de material de protección, cada empresa realizará la entrega de Kits de Protección a los Repartidores y se realizará la reposición de este Kit según lo vayan necesitando. El kit contará con mascarillas comunitarias, guantes de Nitrilo, alcohol Isopropílico, protector para el cabello (en caso requerido por las autoridades), alcohol gel, lentes protectores.

DISPOSICIONES SANITARIAS

Como disposiciones sanitarias tenemos, entre otros, como requisito obligatorio para poder atender pedidos que los repartidores pasen por los siguientes procesos obligatorios para la prestación de servicios: desinfección diaria, medición de temperatura, verificación de uso de material de protección, entre otros.

Igualmente, se ha previsto que se debe identificar aquellas condiciones que conlleven a una potencial contaminación cruzada con el COVID-19 y que pueda afectar la salud de los repartidores, estableciendo medidas de control proporcionales y con particular cuidado en aquellas interacciones que involucre al cliente y/o consumidores.

MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA EL COVID 19

a) Acciones tecnológicas para la prevención:

Deshabilitar método de pago en efectivo.
Deshabilitar firma para validar cobro de orden.
Habilitar únicamente comercios aliados que se encuentren permitidos de operar por parte del estado.
Para asegurar una operación sana y evitar aglomeraciones en los establecimientos, se deberá disponer de una proyección de la demanda esperada, para obtener el número necesario de repartidores por hora.

b) Medidas de prevención en comercios aliados:

Para evitar la saturación de comercios aliados y, por ende, la aglomeración de repartidores en los establecimientos, se disminuirá la cobertura del comercio aliado limitando el ingreso de pedidos y se desactivará cuando la cantidad de pedidos asignados a esa tienda disminuya.
Se establecerán volúmenes máximos y mínimos de pedidos en progreso para cada tienda según su operativa habitual.

c) Medidas de protección personal aplicadas al repartidor:

Previo al ingreso a un comercio aliado:

Evitar aglomeraciones.
Estacionar el vehículo respetando señalizaciones y distancias.
Tomar lugar según orden de llegada, respetando los espacios y distancias, avanzando según amerite.
Medición de su temperatura corporal.
Al Ingresar a un comercio aliado
Proceder a lavar y desinfectar sus manos.
Retirar producto y proceder directamente a la entrega del mismo.

d) Medidas de Protección Personal en el Comercio Aliado:

Evitar aglomeraciones: Se debe contar con la tecnología necesaria para reducir la demanda en caso un comercio aliado se sature, de esta manera se controlan las aglomeraciones de repartidores que se encuentran a la espera de un pedido.

Marcación de áreas: Los comercios aliados deben definir un espacio debidamente marcado para la espera y entrega de pedidos a los repartidores, a fin de que no tengan contacto cercano frecuente a menos de dos (2) metros de distancia con otros repartidores o con el público en general.

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